El Impuesto de Valor Añadido Europeo (IVA) e el comercio electronico

Beneficios de la Directiva IVA de la UE con nuestras soluciones de comercio electronico

¿Qué es la Directiva sobre el comercio electrónico?

La "Directiva sobre el comercio electrónico" de la UE (Directiva 2002/38/CE del Consejo) entró en vigor el 1 de julio de 2003. El objeto de la presente Directiva es implantar la imposición del IVA a la información o los servicios suministrados por Internet dentro de la UE. Esto equivale a una tarifa arancelaria de entre el 13 y el 25 por ciento en artículos tales como descargas de programas informáticos o música, transacciones de subastas en línea y suscripciones a proveedores de servicios de Internet, que se venden en Internet en cualquier parte de la Unión Europea.

¿Le afectará a usted?

La presente Directiva se aplica a sociedades no creadas en la UE, por consiguiente, si su sociedad tiene domicilio social fuera de la UE y suministra información o servicios por Internet dentro de la UE, debe leer esto, pues el incumplimiento del registro y la contabilización del IVA podrían hacer que usted o su sociedad estuviesen sujetas a enjuiciamiento penal por evasión fiscal, blanqueo de capitales, falsificación de la contabilidad o delitos similares.

¿Qué actividades se contemplan en la Directiva?

La Directiva se aplica a las siguientes actividades:
Servicios de radiodifusión y de televisión exclusivamente difundidos en Internet o una red electrónica similar.
Servicios prestados por vía electrónica, es decir, suministro y alojamiento de sitios web o mantenimiento a distancia de programas y de equipos.
Programas informáticos y su actualización.
Imágenes, texto, información o bases de datos en formato electrónico.
Música, películas, juegos y retransmisión web de acontecimientos varios.
Enseñanza a distancia automatizada.
Aunque las siguientes actividades quedan excluidas de la Directiva, dan lugar a aspectos relacionados con el IVA:
Realizar y/o tomar pedidos.
Emitir facturas a clientes.
Adquirir bienes y servicios.

Acerca del IVA

El impuesto de valor añadido (IVA) es un impuesto general al consumo calculado sobre el valor añadido a los bienes y servicios.

Es un impuesto general que se aplica, en principio, a todas las actividades comerciales relacionadas con la producción y la distribución de bienes y la prestación de servicios. Es un impuesto al consumo, ya que en última instancia corre a cargo del consumidor final. Se grava a las sociedades. Se grava como porcentaje del precio, lo que significa que la carga fiscal real es visible en cada fase de la cadena de producción y de distribución. Se recauda de forma fraccionaria, a través de un sistema de deducciones por el cual los sujetas pasivos (es decir, las empresas inscritas en el registro del IVA) pueden deducir de su obligación de pago del IVA la cantidad de impuestos que han pagado a otros sujetas pasivos en compras para sus actividades empresariales. Este mecanismo garantiza la neutralidad del impuesto independientemente del número de transacciones realizadas.

Registro de IVA en la UE

Los vendedores no comunitarios deben registrar el IVA en uno de los Estados miembros de la Unión Europea.

Las autoridades fiscales responsables del IVA del Estado miembro donde se ha registrado el vendedor no comunitario remitirán el IVA recaudado a los estados donde se han efectuado las compras.

El tipo de IVA y las normas relativas a dicho impuesto varían de un estado a otro.

Muestra de tipos de IVA:

Madeira 15%
Luxemburgo 15%
Reino Unido y la Isla de Man 20%
Suecia 25%
Dinamarca 25%

Se debe obtener el domicilio de cada cliente, ya que el tipo de IVA aplicado dependerá de esa información y se deben mantener registros para las autoridades fiscales responsables del IVA. Establecer la ubicación de todos los clientes y de su situación frente al IVA podría ser una pesadilla desde el punto de vista administrativo.

La directiva de la UE es bastante específica en cuanto a los obstáculos que debe salvar una sociedad para poder acceder al registro único, por lo que no puede ser una mera operación ficticia.

Ventajas de crear una filial en la UE

Una opción para los vendedores no comunitarios que carecen de una filial de la Unión Europea o tienen una filial de la UE poco práctica desde el punto de vista fiscal, es crear una filial en un Estado miembro donde el IVA sea bajo o donde existan otras ventajas fiscales u operativas.

La creación de una filial dentro de la UE evita la necesidad de aclarar la ubicación de cada cliente ya que se aplicarían los reglamentos locales en materia de IVA y la filial podría considerarse como una empresa normal de la UE.

Establecimiento de una solución con una de nuestras oficinas

Las oficinas de Eurofinanzza proporcionan todas nuestras soluciones y cada una de dichas oficinas cuenta con una gran experiencia práctica en la implantación de soluciones para el IVA de la EU y el comercio electronico.

 

 

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